¿Puedo desplazarme en coche tras el toque de queda?

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El domingo 25 de octubre, tras celebrarse un Consejo de Ministros extraordinario, el presidente del Gobierno ha anunciado este domingo que entra en vigor, la misma tarde del domingo, un nuevo estado de alarma.

No es exactamente el mismo que padecimos en marzo. Entonces el estado de alarma amparó legalmente un confinamiento domiciliario. No se podía salir de casa salvo para algunas excepciones. Ahora, por el momento no se es tan estricto. La movilidad queda restringida a una franja horaria. Hay toque de queda (por más que quieran cambiarle el nombre, es justo lo que la RAE define: medida gubernamental que, en circunstancias excepcionales, porhíbe el tránsito o permanencia en las calles de una ciudad durante determinadas horas, generalemente nocturnas».

¿A qué horas puedo salir de casa?

Con el fin de reducir el contacto social, el Gobierno ha estabecido un toque de queda de 23.00 a 6.00. Los gobiernos autonómicos pueden modular ese horario una hora arriba o abajo (podría enpezar entre las 22.00 y las 0.00 y acabar entre las 5.00 y las 7.00). No se aplica en Canarias, la autonomía con menor incidencia del virus.

Por ahora (a expensas de lo que se publique en los diferentes Diarios Oficiales de cada Comunidad, y podría cambiar con el tiempo), los horarios de comienzo del toque de queda serían:

  • 22:00: Castilla y León, Cataluña y Melilla.
  • 23:00: Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Castilla la Mancha, Ceuta, Galicia, La Rioja, Murcia, Navarra y País Vasco.
  • 00:00: Cantabria, Comunidad Valenciana, Extremadura y Madrid.
  • Sin toque de queda: Canarias.

¿Qué excepciones hay?

En el artículo 5 que publica el BOE se indica que las personas solamente podrán circular por la vía pública para realizar estas actividades:

  • Adquisición de medicamentos o bienes de primera necesidad.
  • Asistencia a centros sanitarios.
  • Asistencia a centros veterinarios de urgencia.
  • Cumplimiento de obligaciones laborales, empresariales, institucionales o legales.
  • Regreso al lugar de residencia habitual (tras realizar estas actividades)
  • Asistencia y cuidado de personas mayores, menores o dependientes.
  • Causas de fuerza mayor.
  • Otras actividades de análoga naturaleza (siempre que esté acreditada).
  • Repostaje en gasolineras si resulta necesario para realizar las actividades anteriores.

¿Cuánto dura el estado de alarma?

Tal y como se indica en la Constitución, el Estado de alarma tendrá una duración de 15 días, por lo que durará hasta el 9 de noviembre. A partir de ahí su prórroga tendrá que ser sometida a la aprobación del Congreso de los Diputados. Pedro Sánchez, el presidente del Gobierno, ha anunciado que la intención del Gobierno es alargarlo hasta el 9 de mayo, que es lo que los técnicos y especialistas recomiendan para conseguir aplanar la curva de contagios.

Eso sí, a diferencia del Estado de alarma anterior, las Comunidades Autónomas podrán levantarlo.

¿Hay otras limitaciones?

Hay dos normas generales para todo el territorio. La primera, el toque de queda durante 15 días. También se limita a un máximo de seis personas las reuniones sociales entre no convivientes Las comunidades autónomas pueden rebajar este límite. Salvo esas horas, uno puede salir de casa y circular en coche… salvo que el Gobierno autonómico establezca alguna otra limitación.

Y han de hacerse en muchos lugares. Porque el pasado jueves en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud aprobó el jueves pasado una guía para tomar medidas en función del riesgo del virus en cada localidad de más de 10.000 habitantes.

En función de ocho indicadores principales y 20 secundarios (que miden tanto la incidencia como la capacidad hospitalaria) se determinan cuatro niveles de riesgo: extremo, alto, medio y bajo. Hay datos de comunidades autónomas que indican que están en el estadio más grave que implica limitaciones a la movilidad: Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Navarra, Madrid y La Rioja, además de Ceuta y Melilla.

Son las comunidades autónomas las que deciden qué confinar y cómo hacerlo. Desde toda la Comunidad (como ha hecho ya Navarra) a localidades (Aragón ha confinado Huesca, Zaragoza y Teruel) o incluso unidades básicas de Salud (Madrid lo aplicará de este modo a 32 zonas de la capital y otras localidades).

¿Puedo viajar entre comunidades?

Dependerá de las restricciones a la movilidad que establezca cada una de ellas. Ahora mismo, por ejemplo, uno no puede entrar ni salir de Navarra salvo que el viaje esté justificado. Las medidas que establezca cada autonomía serán las que rijan en esta situación. Eso sí, el decreto permite el tránsito por una región confinada para dirigirse a otra.

¿Por qué hacía falta un nuevo estado de alarma?

Desde que el 22 de junio acabó el estado de alarma ha habido numerosas limitaciones de los derechos. Las comunidades autónomas han debido sortear la ley y, de hecho, para restringir derechos fundamentales, ha habido que pasar por los tribunales.

El estado de alarma es una medida que permite leyes excepcionales (como limitar la movilidad de las personas o el derecho de reunión), con el control del Congreso. De este modo se evitan abusos.

Fuente: BOE

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